Información general

El Patronato Municipal de Fiestas de Castelló de la Plana, es un organismo autónomo creado por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 27 de julio de 2012 que se regula por los Estatutos aprobados en ese mismo acuerdo plenario como consecuencia del nuevo régimen jurídico establecido para los organismos autónomos en la Ley 57/ 2003 de 16 de diciembre , de medidas para la Modernización del Gobierno Local. Estos nuevos Estatutos han derogado los Estatutos de la Fundación Municipal de Fiestas de Castelló de la Plana aprobados por el Ayuntamiento Pleno por acuerdo de 29 de septiembre de 1988 con las modificaciones aprobadas definitivamente por acuerdo plenario de 25 de abril de 1994. Los Estatutos del Patronato Municipal de Fiestas han sido reformados por acuerdo plenario de 26 de mayo de 2022 (BOP de 2 de julio de 2022).

Los fines del Patronato Municipal de Fiestas son promover, fomentar organizar las Fiestas de la Ciudad de Castelló de la Plana cuya organización correspondan al Excmo. Ayuntamiento de Castelló de la Plana y colaborar y asesorar en la celebración de otras fiestas que se organicen en la Ciudad por asociaciones, entidades, calles y barrios etc., siempre que tales fiestas tengan carácter público.

El Patronato tiene su sede en el Palau de la Festa, c/ Rio Sella, 1 de la Ciudad.

El Patronato está presidido por la Excma. Sra. Alcaldesa de la Ciudad y está formado por los siguientes órganos:

  1. Órgano de Participación La Asamblea General.
  2. Órganos Superiores El Consejo Rector. La Presidencia.
  3. Órgano Directivo La Gerencia.
  4. Órgano de Colaboración La Junta de Fiestas.

La duración del mandato de todos los miembros de los órganos del Patronato será cuatrienal, debiendo renovarse, dentro de los seis meses siguientes a la celebración de las elecciones municipales.

La Asamblea General.

Compuesta por representantes del Ayuntamiento, del Consejo Rector y por los representantes de todos los entes festivos, asociaciones de vecinos, asociaciones culturales y empresas colaboradoras, es el órgano de participación ciudadana del Patronato, con funciones de propuesta, impulso, información y consulta de todos aquellos asuntos que sean de la competencia del Patronato y sus principales atribuciones son:

  • La representación y defensa de los intereses de los distintos sectores que intervienen en las actividades de las Fiestas ante el Ayuntamiento y estrechar los lazos de cordialidad entre los distintos entes que participan en las fiestas de la ciudad de Castelló.
  • Proponer iniciativas para el fomento y mejora de las fiestas, su éxito, difusión y prestigio.
  • Proponer a la presidencia del patronato el nombramiento del Presidente/a de la Junta de Fiestas.
  • Orientar la actividad del Patronato de Fiestas fijando sus objetivos, prioridades y criterios de actuación y proponer medidas para fomentar la pervivencia de las tradiciones y cultura castellonera.
  • Conocer y valorar el resultado de las fiestas, proponiendo al Consejo Rector las mejoras que estimen adecuadas.

La Asamblea General se constituyó por primera vez en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de febrero de 2013.

El Consejo Rector.

Compuesto por la Alcaldesa que es el presidente nato, por el concejal de fiestas del Ayuntamiento como presidente del mismo, la vicepresidenta, seis representantes de los grupos políticos municipales que pueden ser o no concejales, cuatro vocales en representación de la Asamblea General. Es el máximo órgano colegiado del Patronato y sus principales atribuciones son la aprobación de las propuestas del presupuesto y sus modificaciones y rendir la cuenta general, proponiendo al Pleno del Ayuntamiento su aprobación y aprobar anualmente el programa oficial de las Fiestas propuesto por la Junta de Fiestas y demás competencias de carácter decisorio y ejecutivo.

El Consejo Rector se constituyó por primera vez en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de febrero de 2013.

La Presidencia y la Vicepresidencia.

La Alcaldesa de Castelló es el presidente nato del Patronato y le corresponde el nombramiento de la Presidencia y Vicepresidencia del mismo.

La Presidencia del Patronato le corresponde al Concejal de Fiestas del Ayuntamiento.

La Vicepresidencia del Patronato le corresponde a uno de los miembros de la corporación Municipal y sustituye al presidente en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria. La Vicepresidencia del Patronato la ostenta la Ilma. Sra. Vicealcaldesa.

Corresponde a la Presidencia la representación institucional del Patronato, sin perjuicio de la que ejerza la Alcaldía, convocar y presidir las sesiones de la Asamblea General y el Consejo Rector, la publicación, ejecución y cumplimiento de sus acuerdos y demás atribuciones que no se atribuyan expresamente en los Estatutos a otros órganos del Patronato.

La Junta de Fiestas.

Es el órgano de colaboración y apoyo a las funciones de organización y protocolo de las fiestas y actúa bajo la dependencia de la Presidencia del Patronato, que además ejerce como presidente/a de la Junta de Festes.

El Equipo de Gestión.

Está compuesto por un máximo de 12 miembros designados por el Presidente de Patronato a propuesta del Presidente de la Junta de Fiestas, de entre sus miembros se designará un Coordinador de Grupo que es el Vicepresidente/a primero de la Junta de Fiestas.

El Equipo de Colaboración.

Está compuesto por un máximo de 12 miembros que tendrán un Coordinador de Grupo que es el Vicepresidente/a segundo, designado entre los miembros del Equipo de Gestión.

Las personas del Equipo de Colaboración serán designadas por la Presidencia por un periodo de dos años y a propuesta de los colectivos festeros:

  • 5 miembros entre las propuestas formuladas por las Gaiatas.
  • 4 miembros entre las propuestas formuladas por las Collas.
  • 1 miembro entre las propuestas de las Entes Vinculados.
  • 1 miembro entre las propuestas de Festes de Carrer y Barrios de la Ciudad.
  • 1 miembro entre las propuestas de Grupos de Teatro y Danzas.

Ambos equipos actuarán bajo la dirección del Presidente de la Junta de Fiestas de acuerdo con las directrices fijadas por la Presidencia del Patronato.