19/11/2021

Braina en el Palau de la Festa.jpg

Braina inicia una ronda de contactos con los grupos de la oposición con el objetivo de recabar el máximo consenso en su aprobación

Los nuevos estatutos del Patronato Municipal de Fiestas de Castelló afrontan la última fase de la tramitación administrativa con el objetivo de abordarlos en el Consejo Rector del organismo autónomo del próximo mes de diciembre y elevarlos posteriormente a Junta de Gobierno Local y a pleno para su aprobación. Paralelamente, el concejal de Fiestas y presidente del patronato, Omar Braina, ya ha iniciado una ronda de contactos con los grupos municipales de la oposición "con el objetivo de recabar el máximo consenso posible para la aprobación de los estatutos". "Es responsabilidad de todos los grupos políticos contribuir a adaptar y modernizar los estatutos del Patronato Municipal de Fiestas", ha incidido el concejal.

Los nuevos estatutos sustituirán a los aprobados por el pleno del 27 de julio de 2012, y corregidos mediante acuerdo de fecha 24 de enero de 2013. Con esta nueva normativa se pretende adaptar la configuración del Patronato de Fiestas a la realidad social y normativa actual, clarificar y concretar el papel y funciones de los distintos órganos del mismo y corregir algunas disfunciones en su funcionamiento. Los estatutos en los que se está trabajando se componen de dos libros. El Libro I regula de forma homogénea los tres organismos autónomos que actualmente dependen del Ayuntamiento (Fiestas, Deportes y Turismo) e incluye la regulación de las disposiciones generales que enmarcan toda la regulación de la actividad del patronato, el régimen de gobierno y administración del mismo y el régimen jurídico. El Libro II se centra en aquellas cuestiones que, por tratarse de especialidades propias del ámbito de las fiestas de la ciudad, y por tanto resultan peculiares respecto del resto de organismos autónomos municipales.

En este segundo libro se regula la composición de la asamblea como órgano deliberante de naturaleza participativa y consultiva. Y también se articula la Junta de Fiestas como un órgano de colaboración a los órganos de gobierno y administración del patronato que actúa bajo la dirección de la presidencia del patronato, quien asumirá, además, su presidencia, equiparándose de este modo al modelo de otras ciudades como València.

En base a estos nuevos estatutos, la Junta de Fiestas estará compuesta por las personas que designe la presidencia del patronato, sin que su número pueda exceder de treinta personas (con los estatutos anteriores eran 25). Los miembros serán nombrados entre personas de reconocido prestigio, competencia y trayectoria en el ámbito de las fiestas de entre las propuestas realizadas desde los diferentes colectivos festeros; y se procurará en su composición la paridad efectiva así como la participación proporcionada de los colectivos, entidades y sectores representativos del món de la festa. Además, se podrán designar entre sus miembros, uno o varios coordinadores a los efectos de ordenar el funcionamiento de la Junta de Fiestas (desaparecen así los dos equipos anteriores denominados de gestión y de colaboración). Asimismo, se podrán designar delegados que se encarguen de un ámbito concreto de la actividad de la junta.

Por otra parte, también se dedica un apartado a la participación de las fiestas, que regula el régimen jurídico de las relaciones entre el patronato y las asociaciones y colectivos y que pretende reconocer el protagonismo y el papel que han adquirido los diferentes estamentos que coadyudan a la realización de las fiestas. Asimismo, se reconoce la importancia de la Federación Gestora de Gaiatas y la Federación de Collas. Dentro de este título, destaca la regulación de las gaiatas, en tanto que elemento diferenciador, exclusivo y representativo de las fiestas de la ciudad y dada su importancia en el desarrollo de las fiestas y su promoción. También se recoge la representación oficial de las fiestas y la regulación de la indumentaria, el protocolo y los honores y distinciones.